CANAL DENUNCIA obligatorio para empresas de más de 49 trabajadores.

Hace unos días se ha aprobado la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción obliga a todas las empresas con más de 49 trabajadores a implementar un canal de denuncias interno, con el objetivo de garantizar la prevención y castigo de la comisión de delitos e infracciones en las empresas en diversas materias.

Para empresas con menos trabajadores también es conveniente implantarlo, ya que da mayor garantía de cumplimiento y respeto a la legalidad ante terceros y ante las propias inspecciones de la Administración.

El también conocido como CANAL DENUNCIA es una herramienta que permite manifestar de forma confidencial actuaciones dentro de la empresa que puedan suponer una infracción legal, o de las normas internas de la empresa.

El plazo para implantar esta herramienta termina el 1 de diciembre de 2023 para todas aquellas que tengan entre 250 a 50 trabajadores. Las de menos de 50 no están obligadas y, por tanto, no tienen un plazo de implantación determinado.

La link donde puedes descargarte la Ley es:

https://www.boe.es/boe/dias/2023/02/21/pdfs/BOE-A-2023-4513.pdf

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