Pluriactividad para autónomos: lo que debes saber si tienes empleo y emprendes

Si estás trabajando por cuenta ajena y estás pensando en arrancar tu actividad como autónomo —o ya lo haces—, es muy probable que te encuentres en lo que se conoce como pluriactividad. Vamos a ver en qué consiste, qué obligaciones tienes y qué ventajas puede aportar.

¿Qué entendemos por pluriactividad?

Se denomina pluriactividad cuando una persona cotiza simultáneamente en dos regímenes de la Seguridad Social: el régimen general (por cuenta ajena) y el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) (por cuenta propia).
Esto permite, por ejemplo, que mantengas tu empleo asalariado mientras pruebas un proyecto como autónomo, o que trabajes como asalariado y continúes con una actividad por cuenta propia.

¿Qué debo hacer para darme de alta como autónomo en esta situación?

Los pasos generales son:

  • Alta en Hacienda (modelo 036 o 037) con la actividad por cuenta propia.
  • Alta en el RETA (modelo TA.0521) indicando que vas a estar en pluriactividad.
  • En ocasiones se puede solicitar base de cotización reducida (ver siguiente punto) si se cumplen los requisitos.

¿Cómo funciona la cotización cuando hay pluriactividad?

  • Como asalariado, tu empresa ya realiza cotización al régimen general por ti.
  • Como autónomo, tienes que cotizar en el RETA, pero puedes elegir una base de cotización reducida si cumples ciertos requisitos: por ejemplo, si la actividad asalariada es a jornada completa, durante los primeros 18 meses se puede cotizar como base el 50 % de la base mínima y durante los siguientes 18 meses el 75 %.
  • Si la jornada por cuenta ajena es parcial (igual o superior al 50 % de la jornada completa), los porcentajes pueden ser otros (por ejemplo 75 % en los primeros 18 meses).
  • En 2025, un aspecto importante: si la suma de las cotizaciones por contingencias comunes en ambos regímenes supera un determinado límite (por ejemplo, aproximadamente 16.672,66 €) se puede solicitar automáticamente una devolución del exceso.

¿Cuáles son las ventajas y los posibles “peros”?

Ventajas

  • Puedes diversificar tus ingresos: mantener un trabajo estable y emprender al mismo tiempo. Holded
  • Bonificaciones y reducciones de cuota al inicio de la actividad como autónomo en pluriactividad.
  • En cuanto a pensión, cotizar en dos regímenes puede aumentar derechos, siempre que se cumplan los requisitos.

Aspectos a vigilar

  • Duplicidad de cotización: aunque tiene sus ajustes, implica estar cotizando en dos regímenes.
  • Obligaciones fiscales y de cotización: actividad por cuenta propia exige IVA, IRPF, regímenes especiales, etc.
  • Si cesa el empleo asalariado y continúa la actividad por cuenta propia, puede perder el derecho a la prestación por desempleo del régimen general.
  • Planificación: la elección de la base de cotización del autónomo y el análisis de la situación laboral asalariada son clave.

Ejemplo práctico

Imaginemos que María trabaja por cuenta ajena a jornada completa, y decide iniciar una actividad autónoma.

  • Como asalariada está cotizando al régimen general.
  • Al darse de alta como autónoma, puede solicitar, por ejemplo, que su base de cotización en el RETA sea el 50 % de la base mínima durante los primeros 18 meses (si cumple los requisitos).
  • Si durante el año combina ambas cotizaciones y supera el límite fijado, podría solicitar devolución del exceso cotizado como autónoma.

Conclusión

La pluriactividad es una oportunidad interesante para quienes desean mantener un empleo asalariado y, al mismo tiempo, emprender. Pero también requiere planificación, buen asesoramiento y atención a los detalles normativos.
Si estás en esta situación o piensas iniciarla, te recomiendo que te pongas en contacto con nosotros para analizar tu caso concreto y ayudarte a tomar las decisiones adecuadas.

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